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EN LA ARGENTINA, ¿LAS DEUDAS SE HEREDAN?

Si bien suena a mito urbano financiero, es bueno conocer qué dice la ley para saber qué medidas tomar sobre lo heredado.
Si bien suena a mito urbano financiero, es bueno conocer qué dice la ley para saber qué medidas tomar sobre lo heredado.

Más de una vez se ha escuchado la frase “Las deudas se heredan”, pero lo mejor es clarificar los rumores para que no queden dudas.

En la Argentina, la herencia no es automática ni total: viene con condiciones. La ley argentina dice algo bastante simple: cuando una persona fallece, su patrimonio pasa a quienes heredan. Y ese patrimonio incluye tanto bienes como deudas. Pero eso no significa que las personas herederas tengan que pagarlas con su propio dinero.

La clave está en una figura llamada “beneficio de inventario”. Este recurso legal permite aceptar la herencia solo hasta el valor de los bienes heredados. Es decir: si el familiar dejó una casa y una deuda, se usa lo que dejó para pagar lo que debía. Y si no alcanza, el resto no lo paga quien hereda. En resumen, el límite es el patrimonio heredado. 

En el Código Civil y Comercial de la Nación se encuentra toda la información referente al derecho sucesorio. Ahora bien, ¿qué ocurre si una persona no acepta la herencia? En realidad, aceptarla o rechazarla es una decisión legal. Se puede renunciar a la herencia mediante un escrito ante escribano o en el expediente judicial. El repudio o renuncia de la herencia debe hacerse por escrito, y una vez realizado, no tiene vuelta atrás.

Por otra parte, no responder también es responder. Es decir, si pasa el tiempo y se actúa como heredero, por ejemplo, se cobra un alquiler o se vende algo de la persona que falleció, la ley puede interpretar que hubo aceptación de la herencia tácitamente, con todo lo que eso implica.

Otra duda puede presentarse sobre las deudas con el Estado o un banco. Estas instituciones no se las pueden cobrar al heredero salvo que la persona haya sido cotitular o garante. 

Ahora bien, hay situaciones en las que el heredero puede terminar respondiendo a las deudas con su dinero: si pasan más de tres meses desde que los acreedores piden el inventario y no se hace, si se ocultan bienes de la herencia o el heredero lo declara mal a propósito, si el heredero infla las deudas del fallecido para cambiar el reparto y, por último, si se venden los bienes heredados sin que el dinero vuelva a la herencia o sin que la operación sea realmente conveniente.

Por eso, a la hora de recibir una herencia, se recomienda pedir asesoramiento legal, también solicitar el inventario judicial y consultar los registros de propiedad y los informes de deuda. Finalmente, siempre se sugiere verificar los embargos o hipotecas. 

En concreto, las deudas no se heredan como se hereda el color de ojos de la abuela. Solo se transmiten dentro del patrimonio del fallecido, y hasta donde ese patrimonio alcance. Si el saldo da negativo, no hay motivo para poner dinero del bolsillo.

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