Ilustraciรณn: Pini Arpino
No suele recordarse que en nuestra provincia de San Juan fue donde primero se obtuvo el reconocimiento de los derechos polรญticos de las mujeres.
Ya la Ley Orgรกnica Municipal de esa provincia, aprobada en 1908, no hacรญa diferenciaciรณn de sexo al establecer que los contribuyentes de tasas e impuestos municipales mayores de 18 aรฑos podรญan ser electores y presentarse como candidatos en el รกmbito local.
Desde 1919, en la provincia comenzรณ a crecer la figura de Federico Cantoni, que ese aรฑo creรณ una escisiรณn disidente del radicalismo, la UCR Bloquista, junto con su hermano Aldo, quien antes habรญa actuado en el socialismo y pasado brevemente por el naciente comunismo.
Los Cantoni fueron โcaudillosโ populares, opuestos a Yrigoyen, pero con rasgos que claramente los diferenciaban de los โgaleritasโ de la fracciรณn โantipersonalistaโ de la UCR, que actuaba en contubernio con las fuerzas conservadoras.
Elegido gobernador en 1923, Federico โFicoโ Cantoni produjo profundos cambios en su provincia poniendo el acento en la mejora de las condiciones laborales, materiales, sociales y jurรญdicas de los sectores mรกs postergados de la sociedad a partir de la aplicaciรณn de un sistema impositivo progresivo que les cobraba mรกs a los que mรกs tenรญan, luchando muy duramente contra los poderes econรณmicos locales, enquistados en el senado provincial y en el poder judicial.
Cantoni impulsรณ la primera experiencia de โconstitucionalismo socialโ en nuestro paรญs, que se concretรณ cuatro aรฑos despuรฉs en la reforma provincial. El nuevo texto constitucional sanjuanino, sin dudas el mรกs progresista del paรญs hasta ese momento, ademรกs de reconocer derechos laborales y sociales, estableciรณ en la provincia el sufragio universal, sin discriminaciรณn por sexo.
Ese mismo aรฑo, Eva Araya Pocous de Collado se convirtiรณ en la primera mujer a cargo de un municipio en Amรฉrica Latina, al ser nombrada comisionada en Calingasta(1).
Las sanjuaninas votaron por primera vez en el orden provincial en abril de 1928, mientras que en el resto del paรญs solo lo hicieron los hombres, en las elecciones que pusieron por segunda vez en la presidencia a Hipรณlito Yrigoyen. Pero dos aรฑos despuรฉs, cuando fue derrocado el caudillo radical, se dio una situaciรณn muy curiosa. El interventor federal nombrado por el general Uriburu considerรณ que el voto femenino era โinconstitucionalโ. Argumentaba que si las mujeres no votaban en todo el paรญs, no podรญan tener las sanjuaninas el โprivilegioโ de hacerlo.
Semejante argumentaciรณn en torno a la โigualdad jurรญdicaโ alcanza y sobra para entender por quรฉ no es una exageraciรณn llamar โinfamesโ a los casi trece aรฑos de nuestra historia iniciados en 1930, y sรญ resulta incomprensible cรณmo, en pleno siglo XXI, algunos historiadores autodenominados serios se sigan negando a llamar las cosas por su nombre y hablen de โlos tiempos de la repรบblica conservadoraโ.
El caso es que en 1931 las sanjuaninas no pudieron votar. Reciรฉn lo harรญan en el orden provincial nuevamente en 1934, y en esa oportunidad tuvieron, al menos, un desquite: llevaron a su Legislatura a la primera diputada argentina y latinoamericana, Emar Acosta.
1 Ursulina Cantoni, โ21 funcionarias pioneras en Latinoamรฉricaโ, en el sitio โFederico Cantoni. Hacedor del San Juan del siglo XXโ (www.federicocantoni.com).ย