Ilustración: Pini Arpino
No suele recordarse que en nuestra provincia de San Juan fue donde primero se obtuvo el reconocimiento de los derechos políticos de las mujeres.
Ya la Ley Orgánica Municipal de esa provincia, aprobada en 1908, no hacía diferenciación de sexo al establecer que los contribuyentes de tasas e impuestos municipales mayores de 18 años podían ser electores y presentarse como candidatos en el ámbito local.
Desde 1919, en la provincia comenzó a crecer la figura de Federico Cantoni, que ese año creó una escisión disidente del radicalismo, la UCR Bloquista, junto con su hermano Aldo, quien antes había actuado en el socialismo y pasado brevemente por el naciente comunismo.
Los Cantoni fueron “caudillos” populares, opuestos a Yrigoyen, pero con rasgos que claramente los diferenciaban de los “galeritas” de la fracción “antipersonalista” de la UCR, que actuaba en contubernio con las fuerzas conservadoras.
Elegido gobernador en 1923, Federico “Fico” Cantoni produjo profundos cambios en su provincia poniendo el acento en la mejora de las condiciones laborales, materiales, sociales y jurídicas de los sectores más postergados de la sociedad a partir de la aplicación de un sistema impositivo progresivo que les cobraba más a los que más tenían, luchando muy duramente contra los poderes económicos locales, enquistados en el senado provincial y en el poder judicial.
Cantoni impulsó la primera experiencia de “constitucionalismo social” en nuestro país, que se concretó cuatro años después en la reforma provincial. El nuevo texto constitucional sanjuanino, sin dudas el más progresista del país hasta ese momento, además de reconocer derechos laborales y sociales, estableció en la provincia el sufragio universal, sin discriminación por sexo.
Ese mismo año, Eva Araya Pocous de Collado se convirtió en la primera mujer a cargo de un municipio en América Latina, al ser nombrada comisionada en Calingasta(1).
Las sanjuaninas votaron por primera vez en el orden provincial en abril de 1928, mientras que en el resto del país solo lo hicieron los hombres, en las elecciones que pusieron por segunda vez en la presidencia a Hipólito Yrigoyen. Pero dos años después, cuando fue derrocado el caudillo radical, se dio una situación muy curiosa. El interventor federal nombrado por el general Uriburu consideró que el voto femenino era “inconstitucional”. Argumentaba que si las mujeres no votaban en todo el país, no podían tener las sanjuaninas el “privilegio” de hacerlo.
Semejante argumentación en torno a la “igualdad jurídica” alcanza y sobra para entender por qué no es una exageración llamar “infames” a los casi trece años de nuestra historia iniciados en 1930, y sí resulta incomprensible cómo, en pleno siglo XXI, algunos historiadores autodenominados serios se sigan negando a llamar las cosas por su nombre y hablen de “los tiempos de la república conservadora”.
El caso es que en 1931 las sanjuaninas no pudieron votar. Recién lo harían en el orden provincial nuevamente en 1934, y en esa oportunidad tuvieron, al menos, un desquite: llevaron a su Legislatura a la primera diputada argentina y latinoamericana, Emar Acosta.
1 Ursulina Cantoni, “21 funcionarias pioneras en Latinoamérica”, en el sitio “Federico Cantoni. Hacedor del San Juan del siglo XX” (www.federicocantoni.com).